lunes, 18 de febrero de 2019

UPDATE ON SPANISH NO-DEAL CONTINGENCY PLANS FOR UK RESIDENTS


On Wednesday 6 February, representatives of EuroCitizens met civil servants from the Foreign Ministry, the Interior Ministry and Presidencia. A law (decreto ley) with full details to enable measures to be put into place in the event of a hard Brexit will not be passed until the beginning of March. However, we received clarification about key points of the Spanish government’s no-deal plans for British residents in Spain. The government aims to make our transition from EU citizens to third-country nationals as simple as possible, though everything will be conditional on reciprocity and the UK government's treatment of Spanish citizens in the UK.


1. A generous 'period of grace' for registration



Sufficient time will be given, in the event of a hard Brexit, for UK residents to register as third-country nationals. The length of this 'transition' period is not definite yet, but it will be sufficient and will also depend on the effective date on which the UK leaves the EU.



2. How to register as a third-country national



a) Information for registered Britons:



After 29/03/19 your existing EU document (your registration certificate or residence card as a family member of an EU citizen) will continue to be valid until the end of the period of grace even though you are no longer an EU citizen. During this period, you will have to apply for new third-country ID, a Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE). The procedure for granting this new status will be ‘practically automatic’ for legally resident UK citizens. Both the long transition period and the simplified nature of the process are similar to the contingency measures of other EU 27 countries which is promising, though we will need to see all the details: the application form, the cost, help provided for vulnerable groups etc. Our interlocutors at the ministries also promised that extra resources would be dedicated to immigration staff (at oficinas de extranjería and comisarias) in provinces with large British populations.



b) Information for non-registered Britons resident before Brexit:



If you and all your family members are not yet registered, eg if you have recently arrived, you should immediately apply at a foreigner’s office (oficina de extranjería) or police station (comisaría) for an EU citizen's resident document. If you have been unable to formally submit your application or have not been given an appointment before the withdrawal date, eg, your appointment is given after that date, there will be a specific process for applying for the new third-country ID during the period of grace, as long as you can prove that you were residing in Spain before the 29 March.



So to sum up:



- If you apply for your EU citizen's resident document before 29 March (or the effective date on which the UK leaves the EU), your application will be considered under the same conditions as current legal UK residents.

- If you are resident but have been unable to formally apply for an EU citizen's resident document before 29 March (or the effective date on which the UK leaves the UE), you will have to apply directly for the new third-country ID during the period of grace. However, the requirements stipulated by the new law, (that enables no-deal Brexit measures in Spain), will be similar to those for an EU citizen. Your application will be processed through a specific process which will be less demanding than the general residence process for all other third-country nationals.



In all of the above situations, during the period of grace, your residence in Spain will be considered legal.



c) Britons arriving in Spain after Brexit day:



Applications for people arriving after 29 March will be processed in the same way as those for all other third-country nationals, with the corresponding requirements which are considerably more demanding than those for EU citizens, especially for non-working people. It is also important to point out that, if the UK leaves the EU with no agreement, British citizens who are not registered as residents will, like all other third-country nationals, only be allowed to spend 90 days in any one six-month period and that their exit and entry will be controlled at ports and airports to enforce this.



3. New documentation



Your new ID card (TIE) will be biometric and will be valid throughout Spain and for travel within the EU-27 along with a passport. The document will accredit your status as legally-resident third-country nationals (under the régimen general de extranjeros as opposed to our current situation under the régimen de ciudadanos de la UE). If you have more than five years of legal residence, you will be able to get long-term residence (residencia de larga duración). If you have less than five years legal residence, you will be able to apply, under the same conditions, for long-term residence after Brexit once you have completed five years residence.



4. Working after Brexit



If you are employed (por cuenta ajena) or self-employed (por cuenta propia), you will be able to continue working as now. If you have exercised a profession using UK qualifications before 29/03/19, you will be able to continue to do so. If you are a Spanish civil servant (funcionario) with British nationality, you will be able to continue your employment even though you are no longer an EU citizen.



5. Social security coordination



On 30 March, automatic coordination of social security between the UK and the EU will end. Thus there will have to be a new bilateral agreement covering this area between Spain and the UK or between de the EU and the UK. This would enable existing social security rights and aggregated pensions to be recognised for Spaniards in the UK and Britons in Spain.



6. Healthcare



The existing S1 scheme and EHIC card will also stop automatically in the event of a hard Brexit. A new agreement between Spain and the UK will have to be reached which reflects the true costs of the healthcare for the roughly 77,000 British UK pensioners in Spain compared with the mere hundreds of Spanish pensioners in Britain (to maintain access to public health for UK nationals as now).



Conclusion


One of the most difficult things to deal with for UK residents since the Brexit vote has been the lack of certainty about our futures. Now at least we know that, despite a Brexit cliff-edge, in Spain there will be a lengthy transition period and potentially simple administrative procedures to enable us to bridge the sad transition from European citizens to third-country nationals. We would like to thank again the civil servants who met us on 6 February, worked with us on this document and indeed who have engaged fully with us since the triggering of Article 50 nearly two years ago.


See below the document we sent to the MAEC before our meeting on February 6.


    
Cuestiones pendientes de aclaración respecto a la situación y los derechos de los británicos residentes en España tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea
    
    



Introducción  
Este documento ha sido elaborado por EuroCitizens en el contexto actual de las negociaciones entre la Comisión Europea y el Gobierno británico para la salida del Reino Unido de la Unión Europea, fijada para el próximo 29 de marzo de 2019, fecha cuya proximidad hace especialmente urgentes los aspectos que señalamos en este resumen. La posibilidad de una salida sin Acuerdo, reconocida públicamente por ambas partes, aumenta de manera significativa la preocupación de los 314.000 ciudadanos británicos residentes en España.
En este contexto existen muchas dudas en relación a temas candentes como la residencia, el derecho al trabajo o la asistencia sanitaria. A continuación enumeramos algunas de ellas: su contestación por parte de la Administración española aumentaría la percepción de transparencia, con información pertinente que reduciría la incertidumbre y ansiedad de los ciudadanos.

El procedimiento de solicitud de residencia como ciudadano de un tercer país, de aplicación en caso de un Acuerdo de Salida o ante la falta de dicho Acuerdo
¿Cuál será el procedimiento de solicitud en cada caso? Quedan pendientes de aclaración los siguientes aspectos:
Cuestiones principales
1.   El formato y los usos del nuevo documento dentro de España y en la UE27. ¿El nuevo NIE servirá para cruzar las fronteras dentro del Territorio Schengen?
2.   Información a proporcionar con la solicitud       
a.   Necesidad de aportar documentación, más allá de cambiar el actual NIE.
b.   Los documentos requeridos ¿deben ser originales o copias (compulsadas)?
c.    Necesidad de demostrar los ingresos (residentes actuales y/u otros).
3.   El plazo de la solicitud: la fecha a partir de la cual los residentes actuales pueden realizar la misma, así como el plazo para entregarla.
a.   ¿Qué motivos podrían justificar la presentación de una solicitud fuera de plazo? p.ej. una enfermedad grave.
4.   Canales para presentar la solicitud p.ej. por vía telemática (Internet) versus la necesidad de presentarse en persona en una oficina de extranjería.
5.   El tiempo total estimado de tramitación, desde que se solicite el nuevo documento hasta que se reciba, teniendo en cuenta lo siguiente:
a.   Los recursos que se dedicarán a la tramitación de los nuevos documentos de los 314.00 británicos empadronados en España.
b.   Si se gestiona a nivel local / regional, el proceso de tramitación puede sufrir demoras significativas debido a la sobrecarga de trabajo producida por el gran número de solicitudes en algunas zonas de Levante y Andalucía.
6.   Validez del NIE actual, durante el período de tramitación del nuevo documento, dado que el NIE actual es un “certificado de registro de ciudadano de la Unión (Europea)”. ¿Qué mecanismos hay para asegurar que los residentes legales en la actualidad no se encuentren en un vacío legal que podría afectar el derecho al trabajo, así como la capacidad jurídica de particulares p.ej. para el alquiler o compraventa de una casa?
7.   Diferencias en procedimientos para aquellos residentes quienes el próximo 29 de marzo de 2019 llevarán menos de 5 años en España, respecto a los residentes que llevarán más de 5 años empadronados en España y que tienen la residencia "con carácter permanente", bajo el régimen de libre circulación de la UE.
8.   El coste de la tramitación del nuevo documento de identidad.
9.   ¿Tendrán los solicitantes acceso a sus datos durante el proceso de solicitud?
Casos de rechazo de la solicitud
10.   La necesidad de confirmar los antecedentes penales en España y/o en el Reino Unido. Las infracciones menores ¿serán motivo para rechazar una solicitud?
11.   ¿Qué pasará en el caso de que se rechace una solicitud? ¿Cuáles serán los plazos para poner un recurso?
12.   ¿Qué procedimientos habrá para la expulsión de una persona que no cumple con éxito la solicitud del nuevo estatus?
Casos específicos
13.   Colectivos
a.   ¿Cómo se va a gestionar la situación de las personas dependientes o sin empleo?
b.   Los jóvenes británicos nacidos en España pero con nacionalidad británica ¿tendrán las mismas condiciones y restricciones de movimiento que otros británicos residentes de larga duración?
c.    ¿Qué medidas se pondrán en marcha para ayudar a las personas más vulnerables? p.ej. las personas mayores, con un nivel bajo de castellano; personas con enfermedades como la demencia o con necesidades especiales.
d.   ¿Cuáles serán las condiciones para que los británicos residentes puedan traer a España sus dependientes (hijos o padres) después de la salida del RU de la UE?
e.   ¿Qué pruebas serán necesarias para demostrar una relación estable en el caso de parejas que son nacionales de un tercer país? p.ej. el certificado de matrimonio o de la condición de pareja de hecho.
14.   Circunstancias
a.   ¿Qué pasará en el caso de ausencias de larga duración de España por motivos de trabajo, familia o estudios? p.ej. una persona que lleva diez años en España, pero que en el último año ha estado en el extranjero durante más de seis meses por motivos de fuerza mayor.
b.   ¿Qué pasará en el caso de que una persona que ha nacido en España y que se ha criado y educado en el país, quien se encuentre en el extranjero durante el plazo de solicitud?


En el caso de una salida del Reino Unido de la UE sin Acuerdo de Retirada

El derecho al trabajo
15.   ¿El propósito del Gobierno es mantener el derecho al trabajo de los residentes británicos? ¿Cambiarán las condiciones?
16.   ¿Cómo se aplicará este derecho a los trabajadores por cuenta propia?
17.   ¿Cuál será la situación de los funcionarios británicos, que pierden su trabajo por dejar de ser ciudadanos europeos?
18.   Las cualificaciones profesionales obtenidas en el RU y homologadas, o en proceso de homologación ¿mantendrán su validez?

Seguridad Social
19.   Pedimos garantías de que no se cambiará ningún aspecto de los derechos a la Seguridad Social para los residentes actuales.
20.   ¿Continuará la coordinación de la Seguridad Social entre el Reino Unido y España con un acuerdo bilateral o podría haber un acuerdo a nivel de la UE-27 dado que es competencia europea?
21.   ¿Se mantendrán los derechos adquiridos de los residentes británicos como ciudadanos europeos? p.ej. derechos agregados a la pensión de distintos países.

Asistencia sanitaria
22.   ¿Habrá garantías de asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social, para los residentes actuales en España que son pensionistas británicos?
23.   En caso afirmativo, ¿se plantea mantener el actual acuerdo con el RU basado en el sistema de la tarjeta sanitaria S1, o se contempla cambiar a otro sistema?

Familia
24.   ¿Las futuras parejas de los residentes británicos que son nacionales de un tercer país adquirirán derechos correspondientes?
25.   ¿Cuál será la situación de los futuros hijos? ¿Mantendrán un estatus protegido como en el Acuerdo de Retirada?
Derechos políticos
El acuerdo que se ha firmado hace unas semanas, que mantiene el sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales para británicos en España (y para los españoles en el Reino Unido) nos hace albergar ciertas esperanzas respecto a la posibilidad de respuestas positivas a las preguntas que hemos planteado en este documento.
Como representantes de ciudadanos británicos en España, nos alegramos de la celeridad con la que ambos gobiernos han resuelto los derechos políticos y  confiamos que otros asuntos bilaterales también tengan una solución rápida y positiva.

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EuroCitizens, Madrid, al 6 de febrero de 2019

Sobre EuroCitizens
EuroCitizens es una asociación creada por ciudadanos británicos que viven, trabajan y estudian en España. Junto con otras asociaciones de británicos en España, como Bremain y ECREU, forma parte de British in Europe, la mayor coalición de ciudadanos británicos en Europa, con casi 40.000 miembros.  Apoyamos a y colaboramos con the3million y Españoles en el RU.
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